Vaya movida....Originalmente publicado por nando tdi
Ya nos contarás en que queda la cosa.
Pues a mi me llego el otro dia una multa de un embargo con la matricula de mi coche, el coche esta a nombre de mi padre por lo que le han embargado una cuenta suya, el embargo es de 360 euros yo me he quedado flipao y me ha jodido el puente la vamos a recurrir porque antes de embargo debe venir la multa como que no lo hemos pagado, digo yo, y si fuera seria por exceso de velocidad, no se si habran quitado puntos nos metimos en la pagina de la dgt yo no he podido ver los puntos mios extraño pero es asi xq no me envia el codigo a mi email, pero a mi padre sigue teniendo los 12 putnos iniciales asi k a ver que pasa con la puta multa que dios es increible, voy a ponerle el tempomat del tiron que con na que dejo el pie supera los 140.
Passat Tdi 3B AHU Año 98. 251.000 km TLR
- KEDADA NACIONAL I MADRID. (ESCORIAL)
- KEDADA NACIONAL II BURGOS.
Vaya movida....Originalmente publicado por nando tdi
Ya nos contarás en que queda la cosa.
Verás, es que esa noche necesitaba leer algo mortalmente aburrido.... por el insomnio...Originalmente publicado por R.A.S.
A ver en que se queda k q menudo susto tengo en el cuerpo.
Passat Tdi 3B AHU Año 98. 251.000 km TLR
- KEDADA NACIONAL I MADRID. (ESCORIAL)
- KEDADA NACIONAL II BURGOS.
Esta tabla me trae de cabeza y la verdad no creo sea correcta. Ahí pone que pierdes dos puntos en autopista si sobrepasas los 153km/h. Por debajo de eso son 100€ de multa y no pierdes puntos.Originalmente publicado por fulltdi
La había visto alguna que otra vez y me animó bastante, la verdad para superar los 151km/h de velocidad real tienes que ir casi a 160km/de marcador...
Sin embargo eso no encaja con lo que indica la DGT. Acabo de comprobar en la Web de permiso por puntos que pierdes 2 puntos si sobrepasas las velocidad maxima en 20Km/h con lo que en autopista pierdes puntos si pasas de 141 y no de 151, importante diferencia.
No se que fiabilidad dais a esta tabla, pero yo por si acaso me fio de la web de la DGT y procuraré no pasar de 141..
De todas formas si alguien está segurísimo de su veracidad, agradeceremos lo comente.
Saludos
A1 Sportback 1.6 TDI
Golf MK1 Cabrio 1.8
Pues que yo sepa es esa tabla la que tiene vigencia en estos momentos, si alguien puede confirmarlo, mejor.
Bueno, al menos es la que viene en la pagina 22 del codificado oficial de trafico, que es como el catecismo de la guardia civil a la hora de sancionar...
Si le quieres echar un vistazo te lo dejo aqui: codificado
Tú puedes pagar para evitar luego recargos por demora, pero puedes recurrir igualmente, es como lo de firmar las multas, si lo haces no quiere decir que estes conforme.Originalmente publicado por asd913
Puede ser... no digo que no, pero cuando firmas con la GC es distinto. Te estan notificando y esa firma es la misma o tiene el mismo valor que la que pondrias como acuse de recibo en el certificado de la denuncia que te da el cartero. No se reconoce nada
Tampoco creo que haya recargos por demora sobre algo que todavia no tiene sentencia, lo que si se podria perder es el descuento por pronto pago, pero aun reconociendo que seguramente tengas razon, pagar y luego recurrir es como reconocer que la sancion es justa y que el recurso solo busca un defecto de forma o el colapso administrativo
Pero tampoco me parece mal eh?. Todo lo que sea joder a la administracion contará siempre con mi apoyo
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